Hoy vengo con una entrada más práctica (en comparación con lo que he estado escribiendo hasta ahora en la que te detallo paso a paso cómo legalizar traducciones juradas antes de que las envíes al extranjero.
Cuando me piden traducciones juradas inversas (es decir, a una lengua que no sea español) que suelen tratarse de traducciones español-inglés, los clientes casi siempre desconocen que existe un último paso que hay que dar tras recibir la traducción y antes de enviarla al país de destino.
Es perfectamente normal porque esta información no tiene porqué saberse, y por eso precisamente he decidido escribir esta entrada, para que conste la información de forma permanente.
Así que, si has pedido una traducción jurada porque necesitas presentarla en el extranjero (por estudios, por trabajo o por lo que sea), quédate y sigue leyendo porque esta información te interesa, sobre todo si para conseguir esa traducción has contratado los servicios de un traductor jurado de España.
Este trámite extra del que te hablo es para legalizar traducciones juradas y es un paso que deberás realizar antes de su envío o de que te marches al país de destino.
Ten en cuenta que esta entrada se centra en este paso final del proceso y que se da por hecho que todos los pasos anteriores ya los has dado: legalización de originales (si es necesario en tu caso, en la web del Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación o MAEC tienes información detallada sobre cómo legalizar documentos originales), búsqueda del traductor jurado, contratación del servicio, etc.
Si vas a presentar tu traducción jurada en el extranjero necesitarás legalizarla para que reconozcan la firma y el sello del traductor jurado y que, por tanto, te acepten la traducción.
«¿Por qué?», te estarás preguntando, «¿no habíamos quedado en que una traducción jurada es una traducción oficial?, ¿acaso no es válida por sí misma?».
Sí, los traductores jurados nombrados por el MAEC están autorizados para emitir traducciones de carácter oficial, y su firma y su sello están reconocidos en todo el territorio nacional. No obstante, para que las autoridades de países extranjeros también los reconozcan, hace falta que realices este trámite que aquí te comento.
En teoría, sí.
En la práctica, depende. Puede ocurrir que en el país de destino acepten la traducción jurada sin legalizar. Se han dado casos en los que a algunos de mis clientes que no pudieron realizar este trámite por falta de tiempo, por suerte, les aceptaron la traducción. Pero no tiene porqué ser así. Así que, si tienes tiempo ¿para qué correr el riesgo? ¿No crees que sería mejor hacer las cosas bien desde el principio para evitarte problemas?
Te explico los pasos.
Se trata de un trámite gratuito y que se realiza en el momento de tu visita al MAEC, pero primero debes pedir cita.
Para ello solo tienes que ir a la página web del MAEC y seguir estos pasos:
1. Entra en la web del Ministerio y haz clic en la opción «Cita previa MAEC» que encontrarás en el pie de página.
2. Te conducirá a otra página con instrucciones detalladas acerca del procedimiento. Selecciona la casilla junto a «Sí, he leído las anteriores instrucciones y las he entendido», al final de la página, y haz clic en el botón que aparece más abajo: «Solicitar cita previa para legalizaciones».
3. Selecciona la segunda opción del primer apartado: «Legalización de documentos» y la primera opción del segundo apartado «Documentos extranjeros para ser presentados en España y documentos españoles para ser presentados en otro país».
Haz clic en «Continuar».
4. Selecciona «Continuar» de nuevo.
5. Introduce tus datos o los de la persona que va a realizar el trámite (que deberá ser el titular del documento según habrás podido comprobar en las instrucciones del paso 2). Acepta la política de privacidad y haz clic en «Aceptar».
6. Indica el número de documentos que necesitas legalizar y haz clic en «Aceptar».
7. Elige la fecha que prefieras de entre las opciones disponibles. Al seleccionar la fecha también te aparecerán desplegadas las franjas horarias disponibles para ese día concreto que hayas elegido. Haz clic en la que prefieras.
ATENCIÓN: A veces no hay tanta disponibilidad como en la imagen que te muestro ahora, incluso puede ocurrir que esté todo completo y tengas que intentar pedir la cita de nuevo al día siguiente. No se dan citas con más de 15 días de antelación, así que tenlo en cuenta a la hora de organizarte.
8. Sigue las instrucciones de esta última pantalla, haz clic en «Continuar» y, tras la confirmación de la cita, habrás terminado.
Finalmente, anota bien todos los datos o imprime la página de confirmación. Sobre todo, sé puntual el día de la cita y MUY IMPORTANTE: lleva el original junto con la traducción jurada.
El trámite suele ser bastante ágil por lo que no tendrás que esperar demasiado tiempo hasta tu turno.
Ese mismo día tendrás tu traducción jurada legalizada, lista para enviar.
Hola, Lourdes:
Me ha gustado mucho la entrada. Es algo que los clientes no saben e incluso los traductores tampoco. A mí ya me pasó una vez que a un cliente no le aceptaron una traducción en el país de destino y desde entonces siempre les insisto en que pregunten si pueden presentar traducciones hechas por un traductor jurado de España. Pero gracias a tu entrada he descubierto que se pueden legalizar, ¡gracias por escribirla! 🙂
Una preguntita: ¿sabes si existe la posibilidad de realizar el trámite online? ¿o si se puede hacer en otras ciudades?
Saludos,
Sonia
Hola Sonia:
Muchas gracias por tu comentario. El trámite también puede hacerse por correo en vez de tener que ir personalmente pero, lógicamente, tarda mucho más. Para la gente que no vive en Madrid este trámite es toda una contrariedad, pero al menos dan la opción.
En la lista TRAD ESPAÑA se comentó también que los propios traductores pueden llevar las traducciones a legalizar (por ser los firmantes de la traducción jurada) claro que eso es un servicio adicional.
En la sección sobre legalizaciones de la página web del MAEC hay mucha información (y muy pormenorizada). Aquí te dejo el fragmento en el que facilitan los datos de contacto.
"El trámite de legalización de documentos puede ser en algunos casos complicado, largo y farragoso para los interesados. Consciente de ello, el Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación ha habilitado un número de teléfono 91 379 16 55 y una dirección de correo electrónico legalizaciones@maec.es para resolver las dudas que se les planteen a los ciudadanos. En caso de escribir un correo electrónico, se ruega incluir nombre, apellido y teléfono de contacto."
Muchas gracias por toda la información y los detalles. Sigue escribiendo estas entradas tan interesantes que aquí tienes a una seguidora más 🙂
Saludos,
Sonia
[…] me confirmó el encargo le di la información para la legalización de la traducción jurada. Como para este trámite SÍ que es necesario pedir cita, le recomendé que la fuera pidiendo […]
Hola, Lourdes.
Quisiera hacerte una pregunta. O mas bien una aclaracion (tu perdonaras). Resulta que yo soy Ruso. ¿Puedo realizar las traducciones juaradas de mis documentos de interes aca en españa, y estos mismos me servirian en colombia? Segun lo que entendi, si es posible siempre y cuando dichas traducciones esten legalizadas... Es asi?... por favor, seria te agradeceria mucho que me respondieras. y por cierto; muy bueno tu post. Muchas gracias por ello.
Hola, Antonio:
Muchas gracias por tu comentario y por la valoración del artículo.
En cuanto a tu pregunta, si necesitas utilizar tus documentos en Colombia, lo ideal sería que te lo hiciera algún traductor oficial de allí. Técnicamente no deberías tener problema si todas las legalizaciones están, pero lo mejor y más seguro es que lo consultes con la entidad receptora de las traducciones juradas (si puedes contactar con ellos, claro).
[…] como: el artículo sobre la legalización de documentos (originales) en el blog de Zesauro, el artículo sobre la legalización de traducciones juradas en el blog de Lourdes Yagüe o el artículo sobre la Apostilla de la Haya en nuestro […]
Hola Lourdes quería saber que precio tiene la legalización de las traducciones juradas?
Hola, Sandra:
El trámite de la legalización de la traducción jurada es gratuito. Pides cita como se explica en el artículo y el mismo día de la cita te hacen el trámite: en el momento y totalmente gratis.
Espero haber resuelto tu duda. Si necesitas preguntar algo más, aquí nos tienes. Un saludo,
Lourdes