¿Te han ofrecido alguna oportunidad en el extranjero y necesitas justificar tus logros académicos y tu formación?
¿Vas a acceder a algún programa de grado superior y te exigen tus certificados académicos para formalizar la matrícula?
Si necesitas la traducción jurada de tus títulos profesionales pero no tienes claro el tema «papeleo», esta entrada te interesa porque te voy a explicar los pasos que debes dar para conseguir la traducción jurada de certificados académicos.
Y lo voy a hacer poniendo como ejemplo un caso real que gestioné hace un par de meses (la traducción era para Suiza, concretamente) y que gracias a los comentarios de mi cliente he podido confirmar que ha llegado a buen puerto y que aceptaron la traducción sin problemas.
Bueno, normalmente es así, solo que los clientes no suelen confirmarlo. Puede ocurrir que en el país de destino les dé por no aceptar una traducción que haya sido realizada en otro país (aunque ésta sea oficial).
Puede ser. Debes saberlo.
También es verdad que si uno no vuelve a saber nada del cliente significa que todo fue bien y que no hay nada que reclamar (ya sabes, no news is good news).
Pero como a mí me gusta confirmarlo todo, decidí investigar el asunto activamente y, como había más confianza con este cliente en concreto, le pedí permiso para exponer su caso (conservando su anonimato, claro).
Así que, con mucho gusto te contaré los pasos que tuvo que dar, con la esperanza de que esta información te sirva para orientarte, si es que te encuentras en una situación parecida.
En el caso concreto que te presento hoy, el original procedía de una universidad pública española y la traducción jurada se iba a presentar en una universidad de Suiza.
En primer lugar, mi cliente tuvo que informarse en la universidad de destino sobre cuáles eran los documentos que le exigían.
Cuando ya supo con exactitud para qué documentos iba a necesitar la traducción jurada, preguntó en la universidad emisora de los originales qué trámites había que seguir para legalizarlos.
Sí, debes legalizar los originales.
¿Por qué? Porque es necesario para su reconocimiento en el extranjero. Si no lo haces, por mucho que esté legalizada la traducción jurada, si en ella no constan las legalizaciones del documento original, no te servirá de nada.
¿Dónde legalizo los documentos académicos? Mi cliente tuvo que ir a dos sitios:
1º al Ministerio de Educación
2º al Ministerio de Justicia
La visita al Ministerio de Educación sirve para que legalicen la firma que figura en el certificado, en este caso concreto, era la firma del secretario de la universidad.
Después, en el Ministerio de Justicia, añadieron la Apostilla, un documento que certifica la autenticidad de las firmas que aparecen en el original para que éste sea reconocido en el extranjero, siempre y cuando se trate de un documento público y la relación original-traducción se vaya a establecer entre países firmantes del Convenio de la Haya.
Estos trámites son gratuitos y los puedes realizar sin necesidad de solicitar cita. Es decir, que llegas, esperas tu turno y te legalizan el documento en el momento. Según mi cliente, solucionó estos trámites en una mañana.
Después, escaneó los documentos y me los envió para que yo pudiera comenzar la traducción.
Mucha gente pregunta si es necesario entregar los propios originales al traductor. Sería lo ideal pero no es obligatorio. En un original se ven mejor todos los detalles (firmas, sellos, letra pequeña, etc.) y algunos de ellos pueden pasar desapercibidos en una copia si el escáner no es de buena calidad. Los sellos secos, por ejemplo, son los más difíciles de ver en las copias. Pero si la copia es legible y se ve todo correctamente, no debería haber problema.
Cuando me confirmó el encargo le di la información para la legalización de la traducción jurada. Como para este trámite SÍ que es necesario pedir cita, le recomendé que la fuera pidiendo mientras le hacía la traducción.
Así, cuando se la entregué, ya solo era cuestión de acudir a la cita en el MAEC (el trámite es gratuito y lo hacen en el momento).
Éstos son los pasos para tramitar la traducción jurada de certificados académicos:
¡Ojo! No olvides que estos pasos que te he explicado se ciñen a un caso muy concreto: traducción jurada de certificados académicos, cuyos originales fueron emitidos por entidades públicas y para utilizarse entre países firmantes del Convenio de la Haya.
En esta entrada he querido presentarte un caso real para que te oriente y te sirva como ejemplo pero SIEMPRE debes confirmar estos pasos según tu caso particular, porque en cada proceso se exigen requisitos diferentes y no tienen porqué coincidir al 100%; sobre todo si necesitas tramitar otro tipo de documentos, o si vas a un país que no sea firmante del Convenio de la Haya y que, por lo tanto, no te sirva la Apostilla, y necesites realizar otros trámites para la legalización, etc. Si te interesa, en este documento descargable tienes información muy detallada acerca de la Apostilla de la Haya.
Lo que sí puede afirmarse en todos los casos es que quienes mejor te van a informar son la entidad emisora de los originales y la entidad receptora de las traducciones. Son las fuentes más recomendables (por no decir imprescindibles).
También puedes informarte en el MAEC o, si ya estás en el extranjero, en la embajada española del país en el que te encuentres.
Espero que te haya servido esta información. Compártela con tus contactos, nunca se sabe quiénes de entre tus conocidos pueden estar interesados en estudiar o trabajar en el extranjero (con el panorama actual, seguro que la mayoría).
¿Y tú has necesitado tramitar la traducción jurada de certificados académicos (o de otros documentos)? ¿Diste estos pasos, o en tu caso fueron trámites distintos?
Comparte tu experiencia abajo, en los comentarios, seguro que será de gran ayuda para otras personas que se encuentren en una situación parecida.
Muchas gracias de antemano.
[…] necesitas la traducción jurada de certificados académicos, deberás seguir unos pasos determinados, que serán diferentes con respecto a los trámites a […]
Hola, Lourdes: he seguido con mucho interés tu entrada, también soy TIJ (francés).
Ya sé que te ciñes a un caso particular, pero pareciera que hay que hacer así los trámites siempre cuando en realidad es mucho más sencillo. Son muchas, cientos, las traducciones que he mandado a Francia, fundamentalmente, y menos a Suiza y Bélgica, en este último caso sí hay que legalizar la firma del traductor, en el MAE o ante notario, para Suiza no.
>> Sí, debes legalizar los originales.
No estoy de acuerdo, si la universidad de destino no te lo pide, es totalmente innecesario. Como mucho una fotocopia compulsada.
>> Apostilla en documentos académicos.
Aunque nos dicen que los documentos administrativos tienen que apostillarse, en la práctica, con los académicos no se hace nunca.
>> Lo que sí puede afirmarse en todos los casos es que quienes mejor te van a informar son la entidad emisora de los originales y la entidad receptora de las traducciones.
Descartaría incluso la emisora, me ha pasado más de una vez que les dicen a los chavales que tienen que enviar toneladas de papeles que en realidad no les sirven para nada. Fíate únicamente de lo que te pide la entidad receptora y con todo y con eso, desconfía, porque a veces se pasan y piden cosas innecesarias, como por ejemplo traducir el DNI.
Es en estos casos en los que los profesionales podemos asesorar a los clientes y te aseguro que quedan contentísimos cuando ofreces ese "servicio", que no es más que conocer un poco como funciona el sistema.
Saludos,
Jose Luis @deoptimogenere
Hola, José Luís:
Muchas gracias por tu contribución.
Efectivamente, me ciño al caso particular que cito como ejemplo, tratando de hacer constar que éstos son los pasos que dio mi cliente (en su caso concreto), y que no tienen porqué ser así necesariamente en todos los casos, sino que cada uno debe cerciorarse en función de su propia situación. Quizá no quedó del todo claro en mi entrada, pero me alegro de tener la oportunidad de aclararlo de nuevo gracias a tu comentario 🙂
Entiendo tu desacuerdo acerca de la obligación de legalizar los documentos, y estoy de acuerdo contigo en que si la entidad de destino no te lo pide, no hace falta y punto (mucho mejor). En realidad ese paso es algo que dice la teoría y, en la práctica, yo también he trabajado en casos en los que no ha sido necesario.
No obstante, yo me veo en la obligación moral de *informar al cliente de lo que hay (aunque solo sea en la teoría)*, y de comentarle el riesgo de no seguir las pautas. Luego uno puede tener más o menos suerte, pero si le rechazan una traducción, que no sea porque yo no le he informado debidamente. Coincido contigo en que la mejor fuente de información es la entidad receptora, que es la que sabe lo que pide, para qué lo quiere y cómo lo quiere.
Muchísimas gracias por pasarte por aquí y por tu interesantísima contribución 🙂
Espero verte en futuras entradas.
Un abrazo,
Lourdes Yagüe
Un placer.
JL
Excelente post Lourdes,
Hay tanta gente desorientada en todos estos temas que estoy segura que les será de gran ayuda.
Un fuerte abrazo
Muchas gracias, Mª Dolores. Sí, la burocracia es muy farragosa y para colmo de males la información no suele estar muy a mano, que digamos, así que yo también espero que con esto la gente lo tenga un poquito más fácil para orientarse 😉
Gracias por tu comentario. Un abrazo.
Lourdes Yagüe
Hola Lourdes,
Yo necesito traducir mi titulo universitario al francés.
Podrías ayudarme?
Gracias.
Alicia
Hola Alicia:
Muchas gracias por tu mensaje. Acabamos de escribirte un correo electrónico para que nos cuentes. Esperamos poder ayudarte.
Hola, yo tengo una duda, quiero presentarme al EIR en España , soy peruana y uno de los requisitos es traducción jurada, en la que debe constar la tabla de calificaciones utilizada por la Universidad, al tener el mismo idioma en ambos paises es el mismo procedimiento
Hola, Pamela. Muchas gracias por tu comentario. Pues imagino que al ser el mismo idioma, no tendría por qué hacer falta una traducción jurada, no tendría mucho sentido. A lo mejor lo que sí hace falta es que los originales estén legalizados. Pero quienes mejor te pueden informar son quienes se encargan del proceso y quienes tienen que recibir la documentación.
Un saludo. Lourdes.
Hola.Te agradezco mucho por tu información.Tengo una duda.Soy de Armenia y necesito homologar mis estudios para seguir estudiando en España. Pero antes de hacer una traducción jurada tengo que legalizar y añadir la apostilla en mi diploma original en mi país? Porque yo tenia traducido y legalizado con la apostilla y me dijeron que ese documento no es valido. Cómo comprendo yo solo tenia que legalizar en mi país y traducir aquí en España con un traductor jurado?
Hola, Lusine. Gracias por tu comentario. Por lo general, antes de proceder a la traducción jurada del documento, debe estar legalizado el original. Si tu original no estaba legalizado, es posible que por eso no te admitieran la traducción, aunque esta fuera jurada.
gracias!