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Exequatur de sentencias extranjeras

En un mundo cada vez más globalizado es común lidiar con asuntos legales que involucren a personas o entidades de diferentes países. En estos casos, es posible que surja la necesidad de hacer valer una sentencia extranjera en España o viceversa.

Y aquí es donde entra en juego el exequatur.

Sé que los procesos judiciales son complicados y a menudo generan dudas. Por eso, en este artículo te explicaré de forma clara y sencilla qué es el exequatur de sentencias extranjeras, para qué sirve, cuáles son los documentos necesarios y la legislación aplicable, y cómo iniciar los trámites si fuese necesario.

¿Qué es el exequatur?

El exequatur de sentencias extranjeras es un procedimiento judicial que permite el reconocimiento y la ejecución en España de resoluciones judiciales dictadas en otro país.

Por lo tanto, una vez que este procedimiento se hace efectivo, la resolución judicial podrá ejecutarse con la misma validez que si se hubiese dictado en España.

Asimismo, el exequatur también puede utilizarse para rechazar esa posibilidad de homologación.

Se trata de un proceso de gran importancia en el ámbito del derecho internacional privado, ya que permite que las sentencias extranjeras tengan la misma fuerza ejecutiva que las dictadas por tribunales españoles.

¿Qué utilidad tiene?

Gracias al exequatur puede reconocerse una sentencia dictada en el extranjero para que surta sus efectos en España con igual validez que las emitidas por un tribunal español.

Del mismo modo, también puede solicitarse para que una sentencia extranjera no sea susceptible de reconocimiento ni ejecución en España.

¿Quién puede pedirlo?

Este trámite puede solicitarlo cualquier persona que tenga interés en que una resolución judicial extranjera tenga efectos en España.

La puede llevar a cabo el propio interesado, un abogado o un procurador.

Sin embargo, el reconocimiento y la ejecución de sentencias extranjeras en España deben cumplir ciertas condiciones y requisitos.

Por ello es primordial asegurarse de cumplirlos rigurosamente para que el proceso se realice con éxito.

Documentos necesarios

Los documentos necesarios para solicitar el exequatur pueden variar dependiendo del país donde se haya dictado la sentencia y de la legislación aplicable en cada caso. Sin embargo, lo habitual es que se requieran los siguientes documentos:

  • Copia auténtica de la sentencia legalizada, con la apostilla de La Haya en los países que firmaron el Convenio de La Haya.
  • Certificado de que la sentencia es firme, sin posibilidad de recurso alguno.
  • Traducción jurada de la sentencia al idioma oficial del país donde se solicita el exequatur.
  • Certificado de que la sentencia ha sido notificada al demandado o, en su caso, de que se ha dictado en rebeldía.
  • Fotocopia compulsada del DNI o NIE
  • Poder notarial, si la solicitud la realiza un representante.
  • Si se trata del exequatur de una sentencia de divorcio, también se necesita el certificado de matrimonio, el certificado de nacimiento de los hijos (si los hubiera) y el convenio regulador si ha sido un divorcio de mutuo acuerdo.

Es importante destacar que la falta de algún documento puede retrasar o incluso denegar el proceso de exequatur. Por ello es fundamental contar con el asesoramiento de un abogado especializado en derecho internacional para asegurarse de presentar todos los documentos necesarios correctamente.

Legislación aplicable

La legislación vigente sobre el exequatur de sentencias extranjeras en España se rige por la Ley 29/2015 de cooperación jurídica internacional en material civil. Esta ley establece las bases del derecho internacional privado y el reconocimiento de sentencias extranjeras en España.

Asimismo, esta ley se complementa con la Ley de Enjuiciamiento Civil (LEC) de 1881, que establece los trámites procesales a seguir en estos casos. A pesar de que la nueva LEC de 2000 derogó esta ley, siguen vigentes los artículos del 951 al 958.

Estos artículos establecen que, si ambos países son miembros de la Unión Europea (excepto Dinamarca), el reconocimiento y ejecución de la sentencia pueden realizarse de forma directa, sin necesidad de exequatur.

En el ámbito de la Unión Europea, también se aplica la siguiente legislación (si procede):

  • El Reglamento (CE) 44/2001 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de diciembre de 2012, relativo a la competencia judicial, el reconocimiento y la ejecución de resoluciones judiciales en materia civil y mercantil.
  • El Reglamento (CE) 2201/2003 del Consejo de 27 de noviembre de 2003 referido a la competencia, el reconocimiento y la ejecución de resoluciones judiciales en materia matrimonial y de responsabilidad parental.

Causas de denegación del reconocimiento

El exequatur de sentencias extranjeras puede ser denegado por diversas causas.

La legislación española declara que no se reconocerán sentencias extranjeras en las siguientes circunstancias:

  • Si son contrarias al orden público español.
  • Si se han dictado quebrantando el derecho de defensa de cualquiera de las partes o en situación de rebeldía.
  • Si tratan materias que competen en exclusiva a órganos jurisdiccionales españoles.
  • Si son incompatibles con alguna resolución ya dictada en España o con las que provienen de otro estado, pero que ya se han reconocido en España.
  • Si ya existe en España un litigio pendiente entre ambas partes y por la misma causa, iniciado antes del proceso en el extranjero.
  • Si falta alguno de los documentos necesarios para tramitarlo o faltan las traducciones juradas de dicha documentación. Recuerda que el proceso de exequatur se realiza en el idioma oficial del país donde se solicita el reconocimiento, por lo que es esencial presentar una traducción jurada de cualquier documento que esté en otro idioma.

¿Cómo iniciar los trámites?

Para iniciar los trámites de exequatur de sentencias extranjeras en España, se debe presentar una demanda de exequatur ante el juzgado de primera instancia del domicilio del interesado o del lugar donde deba ejecutarse la sentencia. Esta demanda debe ser presentada por escrito y estar acompañada de toda la documentación mencionada anteriormente.

Una vez presentada la demanda, se abrirá un procedimiento judicial en el que el demandado tendrá la posibilidad de oponerse al reconocimiento de la sentencia en un plazo de 30 días.

Superado este plazo, el órgano judicial resolverá la sentencia en un periodo máximo de 10 días. Entonces, la sentencia extranjera tendrá la misma fuerza ejecutiva en España que una sentencia dictada por un tribunal español.

Como ves, el exequatur de sentencias extranjeras es un procedimiento bastante sencillo.

No obstante, es importante contar con la asesoría de un abogado especialista en derecho internacional y conocer la legislación aplicable y los documentos necesarios para iniciar el proceso.

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Escrito por:
Soy Lourdes Yagüe Lobo, Traductora Jurada de inglés. Traduzco documentos jurídicos y corporativos, del inglés y francés al español, desde 2009. Me encantará ayudarte con tu traducción.

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